Como maestros sin ninguna pauta en especial. En el supuesto caso que la patria potestad no sea compartida deberá ser el centro el que te lo comunique ya que ahí sí que uno de los progenitores o terceros (abuelos, por ejemplo) tendrá la guarda y custodia pero también la patria potestad, esto quiere decir que la otra parte no entra en ninguna decisión que se tome para con el menor (no tendrá derechos ni deberes u obligaciones). No obstante, hay casos en los que aunque sea compartida conviene que el centro alerte sobre posibles desavenencias por si se presentara la otra parte en horarios o días que no le corresponden según convenio.
Y un apunte, es bueno que te den una copia por escrito donde figuran las medidas a tomar. De todas maneras no debemos tener prejuicios, hay niños felices, tranquilos y estables que son hijos de padres separados y niños tristes, irritables e insoportables que desgraciadamente viven en un ambiente familiar "tóxico".
