En la Orden del 5 de agosto, en el artículo 3 principios para el desarrollo del currículo pone lo siguiente:
b) Las áreas del currículo se organizarán desde un enfoque globalizador y deben entenderse de manera interdependiente y planificarse, consecuentemente, de forma integrada y contextualizada, acomodando su desarrollo a las características, intereses y necesidades de los niños y niñas. Deben ser, pues, consideradas como contextos significativos de aprendizaje, tanto de
hechos y nociones como de
actitudes, valores, normas, procedimientos, habilidades y destrezas, contribuyendo así al desarrollo de los niños y las niñas, que irán consiguiendo cada vez mayores competencias.
Lo que he puesto en negrita se supone que es lo que antes eran contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales verdad?? la gente de Andalucía habla de esos nuevos términos??