Creo que la única referencia que el Decreto 17 hace del periodo de adaptación es lo que aparece en la DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA:
Incorporación de los alumnos
2. En caso de que se opte por una incorporación paulatina de los nuevos alumnos al centro, esta deberá completarse en el plazo máximo de una semana. Para ello, los centros adoptarán programas y medidas de acogida y adaptación garantizando, en todo caso, la atención a tiempo completo de aquellos alumnos cuyas familias lo soliciten.